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A favor y en contra, así se mostraron el miércoles, en vistas públicas en la Cámara de Representantes ante un proyecto que se considera para disminuir hasta un 60 por ciento las penalidades por terminación de contratos de servicio móvil.
Ramón “Ray” Flores, vicepresidente Regional de AT&T de Puerto Rico, quien fue representado por Carla Patricia y el licenciado José Moran, endosó el Proyecto de la Cámara 24 y a su vez sugirió una enmienda para proveer mayor claridad a la Ley 157-13.
“AT&T sugiere una reducción mínima de la penalidad por terminación temprana de 60 por ciento de la pena original. De esta manera se permite que las compañías tengan flexibilidad en la creación de ofertas y precios, lo cual permite que la competencia entre estas sea realmente el agente diferenciador, redundando en mayores beneficios para los consumidores de Puerto Rico”, expresó durante la vista pública.
[metaslider id=28136]Por el contrario, el licenciado Francisco Silva, asesor jurídico de Claro, opinó que el lenguaje de la ley en vigencia “logra establecer un balance adecuado entre la protección al consumidor y el propósito que persiguen las cláusulas penales de disuadir al consumidor de terminar el contrato de servicio celular antes de que finalice el término pactado, para evitar pérdidas a las compañías de telecomunicaciones”, así evitando aumentos de precios para los consumidores.
La presidenta de la Comisión de Asuntos del Consumidor, Banca y Seguros solicitó a la Junta Reglamentadora de Telecomunicaciones que haga llegar sus comentarios en los próximos 5 a 7 días para continuar el análisis sobre la medida.
La Comisión de Asuntos del Consumidor, Banca y Seguros, presidida por la representante Yashira Lebrón Rodríguez, llevó a cabo una vista pública para evaluar una medida que pretender velar por los intereses de los clientes de servicio de telefonía móvil.
Se trata del Proyecto de la Cámara 24, de la autoría del presidente cameral, Carlos “Johnny” Méndez, que busca enmendar la Ley Número 157 del 20 de diciembre de 2013, estatuto para limitar las cláusulas penales en contratos de servicio celular, además de disponer que una cancelación de un contrato por servicio de celular sólo podrá conllevar una penalidad que deberá ser prorrateada. La pieza legislativa pretende clarificar quienes podrán solicitar el prorrateo de los cargos por terminación temprana en contratos de servicio celular a término, aclarar asuntos relacionados al prorrateo, entre otros fines.
Según explica la Exposición de Motivos de la medida, pese a que se ha implementado la Ley 157-13, esta tiene un alto costo operacional para las empresas, lo que a su vez se traduce en potenciales incrementos en costos para los consumidores. Además, las compañías de teléfonos celulares han planteado que el estatuto afecta la negociación de acuerdos con sus clientes. A tales efectos, el Proyecto de la Cámara 24 propone prohibir toda cláusula penal por terminación temprana en contratos con consumidores individuales, a menos que dicha penalidad sea prorrateada; y que el prorrateo de los cargos por terminación temprana sea aplicado mediante reducciones periódicas durante el término inicial del contrato, las cuales al finalizar dicho término deberán totalizar no menos del sesenta por ciento del cargo original de terminación temprana.
En su ponencia, el secretario del Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO), Michael Pierluisi, recomendó que se especifique cada cuanto tiempo se realizarían las reducciones de los cargos por terminación temprana y cuál sería la cantidad. Esto con el fin de salvaguardar los derechos de ambas partes.
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